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Convoctoria Reyna Sudamericana Trevestí 2011-2012.... 
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Anteproyecto de Ley de Identidad de Género.... 
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Primer Congreso Nacional de OTRAF Bolivia 
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Miss Bolivia Travestí 2011...  Ver mas >>

DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS SEXUALES Y GENERICOS

MENSAJES SOBRE DISCRIMINACIÓN

1.-  TENEMOS QUE RECONOCER QUE EN  NUESTRO PAÍS SE SIGUE SUFRIENDO TODO TIPO DE DISCRIMINACIÓN ANTE OTRAF BOLOVIA  (LA ORGANIZACIÓN  DE TRAVESTÍS, TRANSGÉNERO Y TRANSEXUALES FEMENINAS DE BOLIVIA)

2.- HAY QUE ROMPER TODO TIPO DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN ANTE  OTRAF BOLIVIA, DI  NO A LA TRANSFOBÍA.

3.-  ES MOMENTO DE APROPIARNOS DE TODOS LOS ESPACIOS PÚBLICOS  DE RECREACIÓN, CENTROS DE ESTUDIOS Y DE SALUD, POR UNA VIDA CON DIGNIDAD Y ORGULLO. ES UN MENSAJE DE LA ORGANIZACIÓN  DE TRAVESTÍS, TRANSGÉNERO Y TRANSEXUALES FEMENINAS DE BOLIVIA

4.-  BASTA DE MALOS TRATOS, ASESINATOS, TORTURAS, DETENCIÓN ARBITRARIA Y DE NEGACIÓN DE EMPLEOS, ES HORA DE OPORTUNIDADES EDUCATIVAS PARA TOD@S NOSOTR@S, OTRAF BOLIVIA.

MENSAJES SOBRE DERECHOS

1.-  EN NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DICE, “TODA PERSONA TIENE DERECHO A RECIBIR EDUCACIÓN EN TODOS LOS NIVELES DE MANERA UNIVERSAL Y SIN DISCRIMINACIÓN”. ES UN MENSAJE DE LA ORGANIZACIÓN  DE TRAVESTÍS, TRANSGÉNERO Y TRANSEXUALES FEMENINAS DE BOLIVIA. ART. 17. NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO.

2.- NO OLVIDEMOS QUE “TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY Y LA LEY VALE IGUAL PARA TODOS”. ORGANIZACIÓN  DE TRAVESTÍS, TRANSGÉNERO Y TRANSEXUALES FEMENINAS DE BOLIVIA. FOLLETO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO.
 
3.- ¡OYE, TAMBIÉN TENEMOS DERECHO A SER INFORMADOS Y A QUE L@S DEMÁS TAMBIÉN NOS ESCUCHEN, ESCUCHASTE!!!. .ES UN MENSAJE DE LA ORGANIZACIÓN  DE TRAVESTÍS, TRANSGÉNERO Y TRANSEXUALES FEMENINAS DE BOLIVIA.

4.- OJO, “EL ESTADO GARANTIZA LA INCLUSIÓN Y EL ACCESO A LA SALUD DE TODAS LAS PERSONAS, SIN EXCLUSIÓN NI  DISCRIMINACIÓN ALGUNA”, ¡OJITO EH!!!.. ES UN MENSAJE DE LA ORGANIZACIÓN  DE TRAVESTÍS, TRANSGÉNERO Y TRANSEXUALES FEMENINAS DE BOLIVIA. ART. 18 PÁRRAFO II. NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO.




DERECHOS HUMANOS VULNERADOS

DERECHO A LA SALUD

El derecho a la salud es el derecho a contar con desiciones, medios y recursos disponibles, accesibles, aceptables y de calidad, que permitan garantizar el máximo nivel de salud posible; este derecho es reconocido en instrumentos internacionales, regionales y nacionales, razón por la cual se han formulado políticas oficiales y estrategias para que todas las poblaciones del mundo puedan gozar de este derecho, sin ningun tipo de discriminación.

DERECHO A LA IGUALDAD

Para entender ampliamanete el derecho a la igualdad, se debe partir del derecho a la libertad, entendido como el reconocimiento a cada individuo como dueño de sí mismo y gestor de su propio destino, dotado del derecho a buscar felicidad, a elegir su forma de vida, a expresarse y actuar según su juicio y disponer libremente de sus bienes honestamente adquiridos. Esta libertad tiene su único limite en el respeto de los derechos de otras personas, afirmando entonces que es una libertad con responsabilidad (Cardenal O´Coonor - Nueva York)

DERECHO A LA IDENTIDAD

Desde que nacemos, todos y todas tenemos el derecho a un nombre, a una nacionalidad, a saber quienes son nuestros padres, nuestra familia y pertenecer a un grupo cultural. Estos derechos no siempre son respetados y en varias ocaciones la pertenencia a un determinado grupo se traduce en condiciones de discriminacion y desigualdad. Desde el punto de vista filosófico, la identidad se expresa como una relación entre dos sujetos: relación de completa igualdad que tiene dos o más seres entre sí, basados en la espiritualidad de los mismos. Así, uno de ellos se reconoce básicamente similar al otro. Aseveramos que el "ser" del hombre es igual al de los otros, pero no lo es en su manera de actuar, proceder, vivir: por lo tanto, difieren en su manera de ser. De allí que el hombre es un ser propio, irrepetible, incomparable: es un ser original. El hombre, a travéz del tiempo, ha buscado su propia identidad, partiendo de lo filosófico hasta llegar a lo jurídico. En esta búsqueda incesante, el hombre, para asegurar su identidqad ha creado diferentes metodos para identificarse, tales como el nombre, el tatuaje, las marcas particulares, fotografias identificativas, antropometria, sistemas dactiloscópicos del recien nacido y de su madre, entre otros, siendo éste un proceso continuo, ininterrumpido y abierto en el tiempo. El reconocimiento de la identidad personal existe desde siempre; sin embargo, su protección jurídica es de reciente data, quedando abierto el camino para indagar y profundizar con la finalidad de proteger a las personas. (María Silvia G.Maine, Inés Montaldo de Del Vado).

DERECHO A LA DIGNIDAD

La doctrina jurisprudencial del Tribunal constitucional de Bolivia define el derecho a la dignidad como el derecho que tiene toda persona por su sola condición de "humano", para que se respete y reconosca como un ser dotado de un fin propio, y no como un medio para la consecución de fines extraños, o ajenos a su realización personal. La dignidad es la persepción de la propia condición humana, y de las prerrogativas que de ellas derivan, por ello la restricción, supresión o amenaza a este derecho, suponen el desconocimiento de la condición humana y del fin propio de cada persona, para la consecución de fines ajenos a su realización personal, en ese sentido ese desconocimiento deberá estar debidamente demostrado.

DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN

El libre Acceso a la información incluye el acceso, por parte de cualquier persona, a las documentaciones integradas `por los expedientes públicos, minutas de reuniones, correspondencias, dictamenes Técnicos, estudios científicos o a cualquier documentación financiadas por los presupuestos públicos. También abarca la información sobre políticas, programas, planes y proyectos; la informacíon sobre las diversas instancias de toma de desiciones, las oportunidades para efectuar comentarios orales o escritos, las opiniones provenientes del público y de organizaciones técnicas. El fundamento teórico para acceder libremente a la información, se basa en la naturaleza pública de la misma. Se trata de información relevante a la vida y a las desiciones que afectan a la comunidad en su conjunto. En general, este derecho se circunscribe a un acceso a información administrada por el Estado. El acceso a la información comprende el derecho de seleccionar la documentación a partir del momento de su existencia, como parte de un expediente. Es decir que permite a cualquier persona elegir el documentro de su interés, sin tener que presentar una debida justificación. La mera solicitud es razón para el otorgamiento de la información.

Acualmente se esta trabajando con mayor enfasis en el derecho a la identidad de género para asi no sufrir discriminaciones con el cambio de nombre que se maneja actualmente cada una de las compañeras, gracias al apoyo del Defensor del Pueblo y su equipo quienes nos ayudan a que tomen la resolució, Deysi Dinatalle Activista por los derechos de las travestis

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